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Cuando la Justicia le pega al bolsillo a las empresas: los daños punitivos en acción

Cuando la Justicia le pega al bolsillo a las empresas: los daños punitivos en acción

Imaginemos esta situación. Comprás un electrodoméstico en una tienda online, lo pagás en el acto y la entrega prometida era en 72 horas. Pasa una semana, llamás y te dicen que ya está en camino. Pasa un mes y nunca llega. Para colmo, en tu tarjeta siguen apareciendo las cuotas como si todo estuviera en orden.

Muchos consumidores creen que lo único que pueden obtener en un juicio es que les devuelvan lo cobrado indebidamente o que les reconozcan un resarcimiento por el mal rato. Pero la Ley de Defensa del Consumidor (LDC) tiene un as bajo la manga, los daños punitivos.

¿Qué son los daños punitivos?

Se trata de una multa civil que la Justicia puede imponer a la empresa por su conducta especialmente grave o desaprensiva hacia el consumidor. No es solo una indemnización para reparar lo que sufriste, sino un castigo ejemplificador para que la compañía —y otras— aprendan que no pueden hacer negocios a costa de violar derechos.

El artículo 52 bis de la LDC lo dice claro, cuando el proveedor incumple sus obligaciones legales o contractuales con un consumidor, y esa conducta es reprochable por su gravedad, el juez puede aplicar una multa a favor del cliente, además de la indemnización por daños.

¿En qué casos se aplican?

Los tribunales han reconocido daños punitivos en distintos escenarios, por ejemplo cuando empresas de telefonía cobran servicios que nunca prestaron, cuando bancos insisten en reclamar deudas inexistentes, cuando estudios de cobranzas hostigan con falsas notificaciones judiciales o cuando un comercio electrónico no entrega el producto vendido y encima demora o niega la devolución del dinero. En todas estas situaciones lo que se castiga no es solo el perjuicio individual, sino la lógica de abuso sistemático que repiten muchas compañías confiadas en que la mayoría de los consumidores no reclamará.

¿Por qué se llaman “punitivos”?

Porque buscan castigar y prevenir. Mientras la indemnización tradicional compensa el daño sufrido, el daño punitivo va más allá y persigue disuadir a las empresas de repetir esa práctica. Es un mensaje, no te sale gratis vulnerar derechos.

Un fallo que marcó tendencia

Un ejemplo claro fue el caso “Consumidores Financieros Asociación Civil c/ Banco Itaú Buen Ayre S.A. s/ ordinario” (CSJN, 2014). Allí, la Corte Suprema confirmó la condena al banco a pagar daños punitivos por cobrar comisiones indebidas a sus clientes, incluso después de que la autoridad de control se lo había prohibido. La Justicia entendió que esa conducta no solo lesionó a cada usuario en particular, sino que mostró un desprecio generalizado hacia el marco legal de protección al consumidor.

Este tipo de precedentes consolidan la idea de que los daños punitivos son la única forma de equilibrar la balanza entre el poder económico de las grandes corporaciones y la vulnerabilidad del usuario individual.

En resumen

Los daños punitivos son una herramienta poderosa para que los consumidores dejen de ser el “eslabón débil” de la cadena. Si una empresa te maltrata, te ignora o directamente abusa de tu buena fe, la Justicia no solo puede ordenarle reparar el daño, sino también darle un golpe al bolsillo para que entienda que los derechos del consumidor se respetan.

 


 

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