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Lunes, 2 de Junio del 2025

Cuando la Justicia dice basta, una cautelar que frena el avance sobre el derecho de huelga

Cuando la Justicia dice basta, una cautelar que frena el avance sobre el derecho de huelga

En una resolución que devuelve aire a los pulmones de la democracia, el Juzgado Nacional del Trabajo N.º 3, bajo la titularidad de la jueza Moira Fullana, dictó una medida cautelar que suspende los artículos 2 y 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025. Con esta decisión, la Justicia laboral detuvo, al menos de forma provisoria, un intento por redefinir a gusto del Poder Ejecutivo qué se considera un “servicio esencial” y restringir el derecho constitucional a huelga en actividades estratégicas del sector público.

La acción fue impulsada por la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) y tiene como contexto una creciente conflictividad en el plano institucional. El DNU 340/25 intentaba ponerle un candado al reclamo sindical, blindando a la administración pública nacional frente a paros y medidas legítimas de protesta, incluso en organismos donde la afectación del servicio no pone en riesgo derechos fundamentales de la población. Una movida que, como bien interpretó el juzgado, resulta a todas luces desproporcionada.

No se trata solo de técnica jurídica. Se trata de un mensaje, el Estado no puede reconfigurar derechos laborales esenciales por vía de decreto y sin pasar por el Congreso. Y cuando lo intenta, la Justicia debe estar ahí para ponerle límites.

El rol del Poder Judicial frente al autoritarismo normativo

La importancia de este fallo no radica únicamente en su contenido cautelar. Radica en que recuerda que el Poder Judicial no puede ser un espectador pasivo cuando se dictan normas que vulneran principios básicos del constitucionalismo social.

El artículo 14 bis de nuestra Constitución Nacional consagra el derecho a la negociación colectiva, a la organización sindical y a la huelga. Derechos que, lejos de ser decorativos, son los cimientos de una democracia con justicia social. Cuando el Poder Ejecutivo intenta restringirlos sin pasar por el Congreso, se instala un conflicto de poderes donde el control de legalidad judicial se vuelve indispensable.

Lo que hizo la jueza Fullana fue aplicar un test de razonabilidad y proporcionalidad que, como enseñó la Corte Suprema en el caso “Cine Callao”, resulta imprescindible para evaluar cualquier restricción a derechos fundamentales. Si la medida no es idónea, no es necesaria o no es proporcional al daño que pretende evitar, no pasa el filtro. Y el DNU 340/25, evidentemente, no lo pasa.

Una cautelar que vale más que mil discursos

En tiempos donde se banaliza el DNU, se debilita al Congreso y se persigue judicialmente la protesta social, fallos como este no solo reparan derechos, también recuerdan que hay principios que no se negocian. El Poder Judicial, cuando actúa con independencia, puede ser un dique frente a los excesos autoritarios. Y eso no solo se agradece, se celebra y se defiende.

 

 

 

 

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